Más cambios en materia de comunicaciones

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El presidente Javier Milei, a través del DNU 8/2023, estableció un nuevo esquema institucional en materia de comunicaciones.

Ahora, mediante el Decreto 45/2023, se disponen otro conjunto de medidas.

Se transfirió la Secretaria de Medios y Comunicación Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros a la Secretaría de Comunicación y Prensa de la Presidencia de la Nación.

Como consecuencia de ello, de esta Secretaría de Comunicación y Prensa dependen 4 subsecretarías:

Prensa de la Presidencia de la Nación

Comunicación Pública

Contenidos de Difusión

Vocería Presidencial

La Secretaría de Comunicación y Prensa de la Presidencia de la Nación tiene bajo su jurisdicción a los siguientes organismos:

Empresas y Entes del Sector Público Nacional

Radio y Televisión Argentina S.E

Telam. S.E

Contenidos Públicos S.E

En el Anexo se establecen las misiones y funciones de la Secretaría de Comunicación y Prensa de la Presidencia de la Nación y de las 4 subsecretarías.

Se modificó el organigrama de la Jefatura de Gabinete de Ministros

Dependen de esta área el Ente Nacional de Comunicaciones y la Agencia de Acceso a la Información Pública, entre otros organismos.

También se encuentra en la Jefatura de Gabinete de Ministros la Secretaría de Innovación Ciencia y Tecnología, que tiene 4 subsecretarías, entre ellas, la Subsecretaría de Tecnologías de la Información. 

En el Anexo se establecen las misiones y funciones de la Subsecretaría de Tecnologías de la Información.  

A continuación se transcriben los artículos vinculados a la temática en cuestión.

Decreto 45/2023

ARTÍCULO 1º.- Transfiérese la SECRETARÍA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con excepción de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PRENSA y la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL y sus unidades dependientes.

ARTÍCULO 14.- Sustitúyese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado IV, SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, por el siguiente:

“IV.- SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA

– SUBSECRETARÍA DE PRENSA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

– SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA

– SUBSECRETARÍA DE CONTENIDOS DE DIFUSIÓN

– SUBSECRETARÍA DE VOCERÍA PRESIDENCIAL”.

ARTÍCULO 15.- Sustitúyese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, por el siguiente:

“V.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA

– SUBSECRETARÍA LEGAL

– SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA

– SUBSECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN Y REFORMA DEL ESTADO

– SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO

SECRETARÍA EJECUTIVA DE GOBIERNO

– SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE GABINETE

– SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN INTERINSTITUCIONAL

– SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA

SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y CON LA SOCIEDAD CIVIL

– SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PARLAMENTARIOS

SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

– SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN

– SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN

– SUBSECRETARÍA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

– OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES

SECRETARÍA DE SIMPLIFICACIÓN DEL ESTADO

– SUBSECRETARÍA DE DESREGULACIÓN

– SUBSECRETARÍA DE CALIDAD REGULATORIA

SECRETARÍA DE EMPRESAS Y SOCIEDADES DEL ESTADO

– SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN SOCIETARIA

– SUBSECRETARÍA DE APOYO LEGAL SOCIETARIO

– SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE GESTIÓN Y COORDINACIÓN GENERAL

SECRETARÍA DE ESTRATEGIA NACIONAL”.

ARTÍCULO 17.- Sustitúyese del Anexo II –Objetivos-, aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado IV, SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, por el obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2023-148459005-APN-DNDO#JGM) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 21.- Incorpórase al Anexo III – Ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-, aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado IV, SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, conforme al siguiente detalle:

“IV – SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA

Empresas y Entes del Sector Público Nacional

RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO

TÉLAM SOCIEDAD DEL ESTADO

CONTENIDOS PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO”.

ARTÍCULO 22.- Sustitúyese del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-, aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, por el siguiente:

“V – JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Organismos Descentralizados

AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA (AAIP)

AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO (AABE)

AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD (ANDIS)

CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET)

AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN (ANPIDTI)

SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM)

BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS (BNDG)

COMISIÓN NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES (CONAE)

Empresas y Entes del Sector Público Nacional

SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

VEHÍCULO ESPACIAL DE NUEVA GENERACIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA

SECRETARÍA DE EMPRESAS Y SOCIEDADES DEL ESTADO

CORPORACIÓN ANTIGUO PUERTO MADERO SOCIEDAD ANÓNIMA”.

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 17 (ANEXO II) IV.- SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA 

OBJETIVOS 1. Intervenir en la formulación, ejecución y supervisión de la política de comunicación pública del ESTADO NACIONAL. 2. Entender en la comunicación y difusión de las actividades del Sector Público Nacional y de los actos del ESTADO NACIONAL y en su relación institucional con los medios de comunicación. 3. Coordinar el diseño, la planificación, la implementación y el seguimiento de las campañas de comunicación del ESTADO NACIONAL y de la producción de sus contenidos. 4. Desarrollar la imagen institucional del ESTADO NACIONAL. 5. Entender en la planificación, ejecución y supervisión de la política de prensa y comunicación presidencial. 6. Asistir al PODER EJECUTIVO NACIONAL en la elaboración de los mensajes, discursos y declaraciones públicas, cuando se lo requiera. 7. Entender en el diseño y la elaboración de contenidos de las redes sociales del Presidente de la Nación. 8. Supervisar las tareas de vocería presidencial, comunicando las decisiones adoptadas por el Presidente de la Nación. 9. Entender, desde el aspecto comunicacional, en la confección y seguimiento de la agenda presidencial y las actividades que requieren la presencia del Presidente de la Nación, coordinando con los Ministerios y demás organismos que conforman el Sector Público Nacional y organismos vinculados con la Sociedad Civil, para su difusión. 10. Entender en la relación con los medios de comunicación nacionales e internacionales. 11. Entender en la información que se brinda sobre la gestión de gobierno a los medios de comunicación, nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipales e internacionales. 12. Participar en la obtención, análisis y sistematización de la información de las acciones de gobierno. 13. Entender en la producción, realización y emisión de Cadenas Nacionales y transmisiones de actos oficiales de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN. 14. Entender, en coordinación con las áreas con competencia en la materia, en lo relativo a las transmisiones presidenciales, incluyendo las tareas de producción, edición y fotografía. 15. Supervisar la elaboración de la síntesis de prensa para la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN. 16. Coordinar la realización de mediciones, estudios e investigaciones y el desarrollo e implementación de herramientas para la evaluación de la ejecución de las políticas de prensa y de comunicación de la actividad presidencial y del ESTADO NACIONAL. 17. Intervenir en tareas vinculadas con el manejo de los diferentes tipos de lenguaje y aspectos lingüísticos requeridos en la comunicación de la gestión del ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN. 18. Efectuar la planificación, coordinación y ejecución de la publicidad oficial de gestión centralizada, y coordinar y ejecutar la publicidad oficial de gestión descentralizada. 19. Entender en acciones de vinculación del ESTADO NACIONAL con la ciudadanía, en el ámbito de su competencia. 20. Fortalecer la libertad de expresión y la pluralidad cultural e informativa. 21. Participar en el cumplimiento de los objetivos de comunicación institucional en redes según plataforma y medios. 22. Entender en la formulación, ejecución y control de las políticas de comunicación social y de medios de comunicación social, en particular a la difusión de opciones educativas. 23. Administrar y controlar los medios de difusión que se encuentran en el ámbito del PODER EJECUTIVO NACIONAL y aquellas empresas del sector en las que la Jurisdicción sea accionista. 24. Entender en el lineamiento de las políticas referentes a Medios Públicos Nacionales y su instrumentación. 25. Intervenir de conformidad con las pautas y lineamientos impartidos por el Jefe de Gabinete de Ministros, en la administración y funcionamiento de RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA S.E., integrada por LS82 Canal 7, LRA Radio Nacional y Radiodifusión Argentina al Exterior (RAE). 26. Intervenir, de conformidad con las pautas y lineamientos impartidos por el Jefe de Gabinete de Ministros, en la administración y el funcionamiento de TELAM S.E. y de CONTENIDOS PÚBLICOS S.E., así como en la operación, desarrollo y explotación del contenido y funcionamiento del Polo de Producción Audiovisual y de las señales integrantes de dicha sociedad. 27. Entender en la participación del ESTADO NACIONAL en TELESUR, de conformidad con las pautas y lineamientos impartidos por el Jefe de Gabinete de Ministros. 28. Ejercer la presidencia del CONSEJO ASESOR DEL SISTEMA ARGENTINO DE TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE, pudiendo delegar dicha función en un funcionario de la Secretaría con rango no inferior a Subsecretario. 29. Entender en la administración, operación y desarrollo del Banco Audiovisual de Contenidos Universales Argentino (BACUA), sus señales, medios relacionales y conexos. 30. Coordinar mecanismos para el seguimiento y la circulación de la información de gestión de los organismos y las acciones de gobierno. 31. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la administración de los activos digitales del PODER EJECUTIVO NACIONAL. 32. Entender en la aplicación de los tratados y convenios nacionales e internacionales, leyes y reglamentos generales relativos a la materia de su competencia. 33. Intervenir en la planificación y elaboración de contenidos gráficos, audiovisuales y digitales del ESTADO NACIONAL, impulsando el uso de herramientas tecnológicas en su producción. 34. Intervenir en lo inherente a las expresiones tecnológicas, artísticas, educativas, culturales, informativas y formativas y aquellas vinculadas a la divulgación del conocimiento que el ESTADO NACIONAL propicie difundir a través de medios audiovisuales, redes digitales, parques temáticos y otros. 35. Entender en el desarrollo de estudios, diagnósticos e informes que permitan realizar análisis para fortalecer el diseño, implementación y evaluaciones de impacto de las políticas de comunicación pública a nivel nacional. 36. Intervenir en la definición de la estrategia de comunicación y de contenidos realizada por canales y plataformas de comunicación directa del ESTADO NACIONAL con los ciudadanos: “Mi Argentina”, “argentina.gob.ar” TINA, etc., en coordinación con las áreas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS con competencia específica en la materia. 37. Coordinar con TELAM S.E. todo lo atinente al proceso de publicidad oficial. 38. Entender en la gestión económico-financiera, patrimonial, contable, de sistemas y en la administración de los recursos humanos de la Secretaría. 39. Entender en la instrucción de los sumarios administrativos de la Secretaría. 40. Coordinar el servicio jurídico en el ámbito de su competencia. 

SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA SUBSECRETARÍA DE PRENSA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN 

OBJETIVOS 1. Asistir a la Secretaría en la planificación, ejecución y supervisión de la política de prensa y comunicación presidencial, así como en la elaboración de contenidos relativos a la actividad presidencial. 2. Intervenir en la planificación y diseño de la información sobre la gestión de gobierno destinada a los medios de comunicación, nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipales e internacionales. 3. Intervenir en la producción, realización y emisión de Cadenas Nacionales y transmisiones de actos oficiales de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN. 4. Asistir a la Secretaría, en la confección y seguimiento de la agenda presidencial y las actividades que requieran la presencia del Presidente de la Nación. 5. Supervisar la elaboración de la información que se brinda sobre la gestión de gobierno a los medios de comunicación, nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipales e internacionales. 6. Elaborar la Síntesis de Prensa para el área de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN. 7. Coordinar y articular las vocerías del ESTADO NACIONAL. 8. Planificar y organizar la cobertura institucional de los actos de gobierno tanto audiovisual, gráfica, fotográfica como digital. 

SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA 

OBJETIVOS 1. Asistir a la Secretaría en todo lo relativo a la organización y difusión de las actividades del Sector Público Nacional y de los actos del ESTADO NACIONAL. 2. Asistir a la Secretaría en la comunicación del ESTADO NACIONAL con los medios de comunicación, nacionales y provinciales. 3. Asistir a la Secretaría en la planificación, contratación y ejecución de la publicidad oficial de gestión centralizada y la coordinación y ejecución de la publicidad oficial de gestión descentralizada. 

SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA SUBSECRETARÍA DE CONTENIDOS DE DIFUSIÓN 

OBJETIVOS 1. Asistir a la Secretaría en la ejecución y supervisión de la política y los contenidos de la comunicación pública. 2. Asistir a la Secretaría en los temas relacionados con la información pública del Gobierno Nacional. 3. Asistir a la Secretaría en la definición de los lineamientos, en temas vinculados con la información de gobierno, para asesorar a los titulares de las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional. 4. Asistir a la Secretaría en lo relativo a la planificación y proyección de opinión pública y pedidos de información de gestión. 5. Asistir a la Secretaría en el diseño, la supervisión y el seguimiento de la producción de contenidos de comunicación del ESTADO NACIONAL. 6. Asistir a la Secretaría en las relaciones institucionales con organismos privados, estatales o de la sociedad civil que requieran información sobre los objetivos gubernamentales. 7. Intervenir en la difusión de los objetivos de gestión del ESTADO NACIONAL a fin de proyectar la imagen del país en el ámbito interno y externo. 8. Intervenir en la estrategia, planificación, elaboración y difusión de mensajes por canales de comunicación directa con los ciudadanos. 9. Asistir a la Secretaría en la definición de la estrategia de comunicación y de contenidos realizada por canales y plataformas de comunicación directa del ESTADO NACIONAL con los ciudadanos: “Mi Argentina”, “argentina.gob.ar” TINA, etc., en coordinación con las áreas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS con competencia específica en la materia. 

SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA SUBSECRETARÍA DE VOCERÍA PRESIDENCIAL 

OBJETIVOS 1. Ejercer la vocería de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, comunicando las medidas de gobierno. 2. Efectuar las tareas de divulgación de la agenda presidencial a los medios de comunicación nacionales e internacionales. 3. Intervenir en la planificación de la comunicación digital de la actividad presidencial. 4. Desarrollar las actividades relacionadas con la producción, la difusión de actos y otros eventos que requieren la presencia del Presidente de la Nación, en coordinación con las demás dependencias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN. 5. Intervenir en la elaboración de contenidos y de la imagen institucional de los portales de Internet y otros canales de comunicación digital del Presidente de la Nación, en coordinación con las áreas de la Secretaría con competencia en la materia. 6. Recopilar y sistematizar información vinculada a las actividades presidenciales para su divulgación en las plataformas digitales de la Casa Rosada. 7. Colaborar en la comunicación de las actividades del Sector Público Nacional y de los actos del ESTADO NACIONAL. 8. Asistir a la Secretaría en la elaboración de contenidos de las redes sociales del Presidente de la Nación, en coordinación con las áreas con competencia en la materia. 9. Asistir al PODER EJECUTIVO NACIONAL en la elaboración de los mensajes, discursos y declaraciones públicas cuando se lo requiera. 10. Elaborar y elevar a la superioridad informes sobre el impacto de los actos presidenciales en los medios nacionales e internacionales. República Argentina – Poder Ejecutivo Nacional 1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA Hoja Adicional de Firmas Anexo Número: Referencia: D50 PN – Planilla Art. 17 (Anexo II SCyP) – EX-2023-148216275- -APN-DNDO#JGM El documento fue importado por el sistema GEDO c

SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA 

SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN 

OBJETIVOS 1. Asistir a la Secretaría en el desarrollo y coordinación de las políticas que promuevan la apertura y el gobierno digital como principios de diseño aplicables al ciclo de políticas públicas en el Sector Público Nacional. 2. Asistir a la Secretaría en el desarrollo de una estrategia nacional de gobierno abierto, en el marco de la agenda de innovación del Sector Público Nacional. 3. Desarrollar y coordinar, en el ámbito de su competencia, las políticas, marcos normativos y plataformas tecnológicas necesarias para el gerenciamiento de la información pública como un activo estratégico para el desarrollo de políticas, productos y servicios públicos basados en la evidencia. 4. Entender en el diseño, planificación y ejecución de la estrategia de apertura de datos e información pública del Sector Público Nacional. 5. Entender en la formulación y seguimiento del Plan de Acción Nacional de Gobierno Abierto en el marco de la participación en la Alianza para el Gobierno Abierto. 6. Promover la realización de acuerdos bilaterales, multilaterales e interjurisdiccionales que favorezcan la apertura de datos del Sector Público Nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, en coordinación con los organismos competentes. 7. Desarrollar y coordinar las políticas, marcos normativos y plataformas tecnológicas necesarias para promover la participación ciudadana en el proceso de formulación de políticas públicas colaborativas. 8. Diseñar y desarrollar servicios digitales transversales para el ESTADO NACIONAL. 9. Promover la creación de una red de innovación pública y gobierno abierto a nivel nacional generando espacios de trabajo colaborativo, intercambio y capacitación con el Sector Público Nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, el sector privado, académico y organizaciones de la sociedad civil. 10. Verificar el cumplimiento de los estándares y normativas definidas por la Secretaría en las soluciones informáticas que se propongan o implementen desde ella. 11. Dirigir y supervisar el accionar de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN (ONTI), promoviendo la integración de nuevas tecnologías, su compatibilidad e interoperabilidad de acuerdo con los objetivos y estrategias definidas en el Plan de Modernización del Estado. 12. Asistir a la Secretaría en la ciberseguridad y protección de infraestructuras críticas de información y comunicaciones asociadas del Sector Público Nacional y de los servicios de información y comunicaciones definidos en el artículo 1° de la Ley N° 27.078, en coordinación con los Ministerios con competencia específica.


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