El Supremo Tribunal Federal de Brasil se encamina a modificar drásticamente las reglas de juego de la libertad de expresión en Internet. ¿Cómo impactará el fallo en la región? ¿Cuáles son las similitudes y diferencias con nuestra legislación?
El pasado 11 de junio se ha conformado la mayoría de los votos necesarios para declarar la inconstitucionalidad del artículo 19 del Marco Civil de Internet, sancionado en 2014 y que fue una medida pionera en Latinoamérica. En efecto, en el mes de junio, 7 de los 11 magistrados han declarado su voluntad de dejar sin efecto la norma que establece que las plataformas y redes sociales solo deben remover sus contenidos si existe una orden judicial que así lo dispone. Se trata de una ley de fundamental importancia, ya que los buscadores de internet no se encuentran obligados a monitorear la información que difunden, sino que solamente son responsables jurídicamente si mantienen la misma luego de recibir una notificación de parte de la justicia que ordene su remoción. De este modo, se busca favorecer la libertad de expresión en las redes, ya que si los buscadores son considerados responsables por los contenidos que albergan se los incentiva a bajar aquellos que podrían ser conflictivos. La inminente derogación plantea interrogantes en torno a la circulación de información en las redes.
Cabe señalar que estos principios liberales de la norma brasileña estaban contenidos en la famosa Sección 230 de la Ley de Decencia de las Comunicaciones de los Estados Unidos. Al respecto, es necesario tener presente que esta norma fue sancionada en 1996, cuando no existían Twitter, Youtube, Instagram, Facebook y tantas otras plataformas. Esta circunstancia llevó al por entonces presidente Donald Trump, en su primer mandato, a cuestionar la medida, argumentando que favorecía la irresponsabilidad de las plataformas. Lo cierto es que dicha objeción no prosperó y la regla permitió que se expandiera fuertemente la libertad de expresión.
Lo mismo sucedió en Brasil, al amparo del artículo 19 del Marco Civil de Internet, que ahora está a punto de ser derogado. Si bien es cierto que la mayoría de los jueces del máximo tribunal objetan esta norma, presentan diferentes argumentos. Por caso, algunos creen que deberían bajar contenidos objetados si son manifiestamente ilegítimos, pero mantener el requerimiento de orden judicial si se trata de ofensas al honor de las personas. Otros se preocupan por garantizar la información de interés público; mientras que existen magistrados que critican la autorregulación llevada adelante por las plataformas. No obstante, más allá de las diferentes opiniones y de los aspectos más específicos que aún restan formalizarse, lo cierto es que el Supremo Tribunal Federal derogará el polémico artículo 19. De este modo, se alejará de las pautas norteamericanas y se acercará al modelo de regulación europeo materializado en la Ley de Servicios Digitales.
En nuestro país las cosas son un tanto diferentes. Para comenzar, si bien la Ley 23.062 y algunos decretos garantizan la libertad de expresión en Internet, no existen normas específicas que establezcan la responsabilidad de los buscadores. Durante la presidencia de Mauricio Macri el Senado de la Nación aprobó una iniciativa en sintonía con la legislación brasileña y norteamericana, pero dicho proyecto de ley no fue ratificado por la Cámara de Diputados y perdió estado parlamentario.
En realidad, la propuesta de la cámara alta tenía como principal fundamento lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el famoso caso Belén Rodriguez, donde se afirmó que los buscadores eran intermediarios que no tenían la obligación de monitorear los contenidos que albergaban y que sólo eran responsables si tomaban conocimiento de un contenido nocivo y no lo retiraban. El fallo fue celebrado por considerar que garantizaba la libertad de expresión en Internet. Por entonces, nuestro máximo tribunal también distinguió un diferente tratamiento si se trataba de contenidos manifiestamente ilegítimos o información más controvertida y polémica.
Más allá de la importancia de lo que digan los tribunales, en Brasil y en Argentina, es fundamental la postura que adopten los parlamentos, dada la representatividad popular de los mismos. Nuestros legisladores por ahora no parecen demasiado ocupados en resolver esta cuestión, de vital importancia para garantizar la libertad de expresión en Internet. De todos modos, viendo el nivel de los últimos debates legislativos, tal vez esta conducta no sea una mala noticia.

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