Comienza la campaña electoral, con reglas parciales, controvertidas y obsoletas

white and black letter b

El próximo jueves 11 de septiembre el gobierno realizará un sorteo. Ese día el azar distribuirá los espacios de publicidad en radio y televisión entre los diferentes partidos políticos que participarán de las elecciones nacionales legislativas que se celebrarán el 26 de octubre. Las emisoras de radio AM y FM, los canales de TV abierta y por cable y las señales audiovisuales deberán ceder gratuítamente, para tal fin, 2.160 segundos por día. El 50% de ese tiempo es asignado de manera igualitaria entre todas las agrupaciones partidarias. El 50% restante se distribuye de manera proporcional, teniendo presente los votos obtenidos por cada fuerza política en la anterior elección legislativa. Por otro lado, la normativa electoral prohíbe la contratación privada de espacios en los mencionados servicios de comunicación audiovisual. De este modo, se procura una equilibrada distribución de la publicidad entre las diferentes fuerzas políticas y se evita que los partidos económicamente más poderosos acaparen el escenario audiovisual.

Quienes se han opuesto sistemáticamente a estas medidas han sido, precisamente, las emisoras radiales y televisivas. Sostienen que se trata de una tormenta perfecta. Deben ceder gratis parte de sus espacios, no pueden comercializar publicidad política en forma privada y, para colmo, los restantes medios de comunicación no tienen este tipo de limitaciones.

La justicia ha hecho lugar a sus reclamos. La jueza Romilda Servini en un fallo dictado tiempo atrás, si bien reconoció la razonabilidad de la legislación electoral, que pretende nivelar la participación política y evitar que los poderosos acaparen el debate público, señaló que su instrumentación viola el principio de igualdad ante la ley que consagra la Constitución Nacional. Ello es así, ya que son solamente las emisoras de radiodifusión tradicionales las que deben otorgar sin costo alguno espacios publicitarios. Los diarios y los medios digitales, como las redes sociales y los portales de Internet, en cambio, no cuentan con esa obligación, a pesar de la importancia que todos ellos tienen en el terreno de la comunicación política. En este orden de ideas, la jueza señaló que: “No son las empresas privadas licenciatarias de los espacios de radio y televisión quienes deban cubrir los gastos que demande la propaganda política de un acto eleccionario, sino que debe ser soportado por el Estado, para lograr el equilibrio entre los competidores de la contienda electoral”. 

En rigor, las diferentes obligaciones que tienen los distintos medios que conforman el heterogéneo ecosistema comunicacional constituyen el hecho más cuestionable de la normativa electoral. Mientras que la mayor parte de la reglamentación está destinada a las viejas emisoras de radiodifusión, la enorme variedad de los nuevos actores de la comunicación virtualmente no tienen regulación alguna. Desde luego, tampoco existen normas específicas que condenen el uso inadecuado de la inteligencia artificial y otro tipo de tecnologías que pueden afectar el proceso electoral. 

Así las cosas, dentro de pocos días asistiremos a una campaña proselitista con reglas de juego parciales, controvertidas y poco actualizadas. No se trata de un tema de poca importancia. La democracia supone un esquema institucional en donde personas informadas por fuentes diversas toman decisiones racionales sobre asuntos de interés público. En este contexto, la publicidad política distribuída de manera caótica y con normas inadecuadas, poco contribuye a lograr ese ideal.

Comentarios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *