La historia se repite. Las comunicaciones vuelven a regularse por decreto. Lamentablemente…

a person is holding a phone in their hand

Las palabras sonaron como un rayo la mañana del 4 de noviembre de 2014 en el Salón Azul del Senado. “Yo tengo problemas diplomáticos con el Reino de España, porque las experiencias empresarias en este país de los españoles han sido lamentables, casi diría, un capitalismo colonial, de llevarse todo, de vaciar todo y no poner un peso…Por eso tenemos problemas, porque no han invertido en la medida de la demanda y del crecimiento. Esto lo digo como una reflexión. Sería bueno evaluar alguna norma que tienda en cierta medida darle a la ley un marco de defensa de ese sector nacional, que en algunos casos invirtió también en fibra óptica. Estoy hablando de medianas y de pequeñas empresas; estoy hablando de los pueblos en donde el único sistema de cable era el que estaba en el pueblo, en la ciudad, que daba trabajo, que son nacionales, que son argentinos”. 

Quien hablaba era el por entonces senador Miguel Pichetto, jefe del bloque oficialista. Se dirigía a sus compañeros del Poder Ejecutivo; el Jefe de Gabinete Jorge Capitanich, el Ministro de Infraestructura Julio de Vido y el Secretario de Comunicaciones Norberto Berner, que habían concurrido al Congreso Nacional a presentar la Ley Argentina Digital, popularmente conocida como la Ley Telefónica, porque le concedía a esta empresa y a Telecom un amplio y variado conjunto de derechos.

Lo que proponía Pichetto (y lo logró) era que la norma consagrara diferentes medidas de protección a los pequeños cableoperadores del interior del país. La idea era evitar que las grandes empresas de telecomunicaciones brindaran libremente televisión en todo el territorio nacional. Para evitar esta posibilidad se prohibió que ofrecieran TV por satélite y se establecieron distintos mecanismos de protección local, como por ejemplo plazos de veda, intervención de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, entre otras medidas orientadas a la defensa de la competencia.

La Ley 27.078, sancionada en esa oportunidad, mantenía una verdadera Política de Estado, que se había iniciado con la privatización de Entel, en los años 90, en la presidencia de Carlos Menen: consagrar reglas asimétricas que protejan a los pequeños medios locales de la irrupción de los grandes operadores telefónicos. El propósito era distinguir dos sectores diferenciados: los prestadores de servicios de comunicación social y los de telecomunicaciones. Es decir, por un lado, las estaciones de radio y de televisión, ya sean abiertas, por cable o por satélite; por el otro lado las empresas de telefonía. Dado que estas últimas eran mucho más poderosas económicamente que las emisoras de radiodifusión se le impusieron diferentes limitaciones y restricciones orientadas a preservar la competencia en el sector, mantener fuentes de trabajo y asegurar el funcionamiento de medios que conservaran la cultura y los valores locales. 

Esto acaba de ser dejado parcialmente sin efecto con el Decreto Delegado 433/2025. Son importantes el fondo y la forma de esta determinación. 

La medida adoptada por el presidente Javier Milei toma nota de las diferentes modificaciones legales que se fueron produciendo a lo largo de los años y los cambios operados en el ecosistema audiovisual. Por ejemplo, actualmente tanto las compañías telefónicas como los canales de cable y de TV satelital son consideradas jurídicamente servicios de tecnologías de la información y la comunicación, regidos por la misma legislación. Ya no pertenecen a leyes diferentes.

Por otro lado, la distancia económica y empresarial entre ambos tipos de empresas se ha reducido notablemente. Por caso, ya a mediados de 2018, cuando bajo la presidencia de Mauricio Macri se aprobó la fusión Cablevisión y Telecom, la empresa de cable estaba valuada en unos 6 millones de dólares, mientras que la compañía telefónica se cotizaba en 5 millones de dólares. 

Sin perjuicio de estos importantes cambios legales y económicos en el mercado de medios, el reciente decreto igualmente mantiene un conjunto de reglas cuyo propósito central es evitar la distorsiones a la competencia y el abuso de posiciones dominantes. Por ejemplo, se mantiene la histórica prohibición de impedir a las empresas de servicio público poseer canales de TV de pago y permitirlo a las cooperativas que brindan distintos servicios públicos, con las tradicionales limitaciones consagradas a lo largo de los últimos años. Por ejemplo, conformar una unidad de negocio a los efectos de la prestación del servicio de comunicación audiovisual y llevarla en forma separada de la unidad de negocio del servicio público del que se trate, tener una contabilidad separada y facturar por separado las prestaciones correspondientes al servicio licenciado, no incurrir en conductas anticompetitivas tales como las prácticas atadas y los subsidios cruzados con fondos provenientes del servicio público hacia el servicio licenciado, facilitar a los competidores en los servicios licenciados el acceso a su propia infraestructura de soporte, en especial postes, mástiles y ductos, en condiciones de mercado, entre otras medidas.

Más allá de la mayor o menor razonabilidad de la determinación adoptada, importan las formas. Se ha materializado a través de un decreto delegado, en función de lo dispuesto por la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos 27.742. Es decir, el presidente, con el aval del Congreso, ha tomado una decisión de manera unilateral, sin el debate que supone la elaboración y sanción de una ley por parte del Congreso Nacional, en donde los diferentes sectores pueden expresar sus puntos de vista.

En rigor de verdad, el presidente Javier Milei no ha inventado nada. Continuó una cuestionable tradición política argentina presente en el marco regulatorio de las telecomunicaciones, en donde se ve como el Parlamento resigna sus atribuciones en favor del Poder Ejecutivo. En efecto, mediante la Ley de Reforma del Estado 23.696 el Congreso Nacional facultó al presidente Carlos Menen a privatizar Entel y diseñar toda la normativa del sector. La propia autoridad de control, la Comisión Nacional de Comunicaciones, fue creada por decreto, a diferencia de las agencias reguladoras del gas, agua y electricidad, que fueron conformadas por leyes. Por otro lado, en aquellos años el Congreso ratificó los acuerdos alcanzados por el Poder Ejecutivo en la Ronda Uruguay del GATT y en el seno de la Organización Mundial de Comercio, que tuvieron una singular importancia en materia de telecomunicaciones. Es decir que en esta disciplina los legisladores delegaron y ratificaron lo que hacían diferentes presidentes; lo que no hicieron fue legislar.

Con diferentes actores, la historia vuelve a repetirse; lamentablemente.

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